(tomado del sitio web del Ministerio de Educación Superior de Cuba)
El Ministerio de Educación Superior informa a la población que se mantiene vigente la Resolución Ministerial No. 14 de 25 de enero de 2005 “Procedimiento para el reconocimiento en Cuba de títulos de maestría expedidos por instituciones extranjeras”, la cual aparece pública en la página web oficial del organismo.
https://www.mes.gob.cu/es/resoluciones
https://www.mes.gob.cu/sites/default/files/documentos/14-2005.pdf
Por las circunstancias de la pandemia, no se atenderá de manera presencial.
Solicitamos a los interesados escribir a la siguiente cuenta de correo electrónico: dep@mes.gob.cu para enviar los documentos escaneados que establece la resolución, los mismos serán analizados y se enviará respuestas en un término de 15 días hábiles.
El Ministerio trabaja para informatizar este servicio y evitar trámites personalizados.
Según lo establecido en el Apartado Décimo de la citada Resolución No.14/05 no será reconocido como título de posgrado académico de Máster en Cuba, aquel que ha sido expedido por una institución de educación superior extranjera junto al título de graduado de educación superior sin haber realizado estudios posgraduados.
Este apartado es de aplicación al grado científico de ¨Máster of Science¨ o ¨Máster of Arts¨ de los títulos expedidos en la entonces URSS.
La Comisión Nacional de Grados Científicos es la responsabilizada con la convalidación de grados científicos (doctorados) obtenidos en el extranjero según lo establecido en el artículo 7 del Decreto-Ley No. 372/2019 Del Sistema Nacional de Grados Científicos.
Para cualquier aclaración al respecto deben comunicarse a través del correo electrónico sepulveda@mes.gob.cu o por vía telefónica al 78831695.
Asimismo, se les informa a los funcionarios de recursos humanos de las entidades laborales, que el cotejo, comprobación de la autenticidad o validez de los títulos de especialidades de posgrado y maestrías, es un trámite que se realiza en el Archivo Central o la Secretaría General de las Instituciones de Educación Superior que emitieron la documentación, tal como establece la Resolución Ministerial No.184/11.
Por otra parte, el cotejo de los títulos de doctorado realizado con anterioridad por la Comisión Nacional de Grados Científicos a los efectos del pago adicional de 150 pesos mensuales por el grado científico de Doctor, conservan su vigencia a los efectos de la aplicación del pago adicional de 825 pesos establecido en la Resolución 29/2020 del MTSS.
El cotejo, comprobación de la autenticidad o validez de los títulos de doctorado que lo requieran deben contactar a la Comisión Nacional de Grados Científicos.
Muchas gracias por su atención.